La nueva norma, vigente desde el 8 de abril de 2026, obliga a identificar clientes, reportar apuestas desde USD 2.500 y capacitar a trabajadores. Multas de hasta 44.000 soles por no reportar operaciones sospechosas.
Lima, 8 de abril de 2026 – La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy una norma histórica que somete a casinos, tragamonedas y, por primera vez, plataformas de apuestas deportivas y juegos en línea a un riguroso sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT). La medida, que entra en vigencia mañana, elimina el anonimato en las apuestas y establece sanciones económicas de hasta 44.000 soles por incumplimiento.
La Resolución SBS Nº 01015-2026, firmada por el superintendente Sergio Espinosa Chiroque, actualiza el estándar PLAFT para el sector de juegos de azar y apuestas a distancia, cerrando vacíos que hasta ahora facilitaban operaciones opacas. La supervisión y sanción recaerá en la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).
Obligaciones clave: identificación, registro y reporte
Los operadores deberán implementar un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) adaptado a sus riesgos. Entre las exigencias más relevantes destacan:
- Debida diligencia: Identificar a clientes, beneficiarios finales, directores y proveedores. Se aplicarán controles reforzados a personas expuestas políticamente (PEP) o con antecedentes en delitos similares.
- Registro de operaciones (RO): Consignar transacciones como canje de fichas o pagos de premios que superen los USD 2.500 (o su equivalente en soles). Los registros se conservarán por 5 años y estarán a disposición de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú).
- Reporte de operaciones sospechosas (ROS): Obligatorio en un plazo máximo de 24 horas desde su detección, a través de plataformas como el sistema ROSEL.
- Capacitación anual obligatoria para trabajadores y directores, desde el ingreso laboral, con documentación de contenidos y actualización periódica de antecedentes.

Sanciones más duras y control corporativo
El régimen punitivo clasifica infracciones en leves, graves y muy graves. Las multas pueden alcanzar las 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a unos 44.000 soles en 2026. Son faltas severas:
- No reportar operaciones sospechosas.
- No revisar las listas de personas o entidades señaladas por el Consejo de Seguridad de la ONU.
- No ejecutar el congelamiento de fondos ordenado por la UIF-Perú.
Además, los grupos económicos del sector deberán designar oficiales de cumplimiento corporativos y desarrollar políticas de prevención e intercambio de información, previa autorización de las autoridades.
Vigencia y derogación
La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación y deroga la anterior Resolución SBS Nº 1695-2016. Los textos actualizados y el TUPA de la SBS estarán disponibles en los portales oficiales de la SBS y el MINCETUR.

Con esta medida, Perú se alinea con estándares internacionales de integridad financiera, poniendo fin a la opacidad en un sector que mueve millones de dólares anuales y que era vulnerable al uso ilegal.
