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Empate técnico no existe en ley peruana: un solo voto define al ganador, pero el escrutinio puede alargarse semanas

La Ley Orgánica de Elecciones establece que en segunda vuelta presidencial gana quien obtenga más votos válidos, sin umbral mínimo. Sin embargo, cuando el margen es mínimo, cada acta observada puede retrasar la proclamación oficial, tal como ocurrió en los comicios de 2016 y 2021.


Perú, 7 de junio – Mientras miles de peruanos acuden hoy a las urnas para definir al próximo Presidente en segunda vuelta entre Keiko Fujimori (Fuerza Popular) y Roberto Sánchez (Juntos por el Perú), una pregunta recorre las calles y las redes sociales: ¿qué ocurre si la diferencia de votos es mínima? La respuesta está en la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859) y en un sistema electoral que no contempla el “empate técnico”, pero sí un proceso de revisión minucioso que puede extender la incertidumbre por días o semanas.

Un solo voto válido basta para ganar

Contrario a lo que sugiere la intuición, la legislación peruana no requiere un margen mínimo ni un porcentaje especial para declarar un ganador en el balotaje. El artículo 18 de la Ley N.° 26859 es concluyente: en segunda vuelta, resulta electo el candidato que obtiene más votos válidos entre los dos participantes. No hay umbral, ni exigencia de mayoría absoluta. Un voto válido de ventaja es suficiente, en teoría, para ganar.

Además, el artículo 17 precisa que los votos nulos y en blanco no se computan para determinar la mayoría. La base de cálculo son exclusivamente los votos válidos emitidos. Esto significa que, en la práctica, el peso de cada sufragio puede variar según el número de votos impugnados o en blanco.

La ley tampoco reconoce la figura del “empate técnico” para la Presidencia —un concepto propio de las encuestas y los conteos rápidos—. En caso de empate absoluto en votos válidos (un escenario extremadamente improbable), el ordenamiento no prevé un mecanismo como el sorteo, que sí existe para elecciones legislativas. La norma simplemente no contempla esa posibilidad para el Ejecutivo.

El verdadero desafío: las actas observadas

La diferencia entre la norma y la realidad está en el tiempo que toma certificar esa ventaja. Cuando el margen es estrecho, cada acta con errores o inconsistencias puede alterar el resultado final.

El proceso electoral funciona así:

  • El domingo, tras cerrar las urnas a las 17:00 horas, los miembros de mesa realizan el escrutinio manual y levantan un acta.
  • Esas actas se remiten a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para el conteo rápido y oficial.
  • Las actas que presentan tachaduras, faltas de firma, datos ilegibles o inconsistencias numéricas no se incorporan al conteo inmediato y pasan a ser actas observadas, derivadas a los Jurados Electorales Especiales (JEE).

Allí comienza un proceso más lento: los JEE celebran audiencias públicas con personeros de los partidos, revisan la documentación y resuelven si validan o anulan esas actas. En última instancia, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dirime los casos más complejos.

Lecciones de la primera vuelta y elecciones anteriores

La experiencia reciente muestra la magnitud del desafío. En la primera vuelta del 12 de abril, más de 67.000 actas fueron observadas, lo que obligó a los 60 JEE del país a trabajar durante semanas. La diferencia entre el segundo y el tercer puesto osciló entre 14.000 y 25.000 votos durante días, y el JNE recién proclamó los resultados definitivos el 17 de mayo, más de un mes después de la votación.

Para esta segunda vuelta, la ONPE decidió prescindir del sistema digital de apoyo al escrutinio (STAE) y retornar al método tradicional de actas en papel. El jefe interino del organismo, Bernardo Pachas, justificó el cambio en la simplicidad del escenario: solo dos candidatos. Si bien eso agiliza el trabajo en cada mesa, no elimina el riesgo de actas observadas.

Los antecedentes presidenciales son igualmente elocuentes:

  • 2016: Keiko Fujimori perdió ante Pedro Pablo Kuczynski por menos de 45.000 votos en un padrón de más de 17 millones. Hubo denuncias de fraude y una revisión exhaustiva de actas.
  • 2021: Fujimori volvió a ser derrotada, esta vez por Pedro Castillo, con una diferencia similar. El proceso se prolongó por semanas y estuvo marcado por la polarización y la desconfianza institucional.

¿Quién proclama al ganador y cuándo?

La cadena institucional es clara:

  1. La ONPE procesa y publica el avance del conteo, pero ese resultado no es definitivo.
  2. Las actas observadas van a los JEE, que resuelven en audiencias públicas.
  3. Una vez que todos los JEE emiten sus actas descentralizadas, el pleno del JNE convoca a sesión plenaria y proclama al ganador. Ese es el único resultado con valor jurídico vinculante.

El artículo 19 de la Ley Orgánica de Elecciones fija una fecha límite inamovible: “El Presidente y Vicepresidentes electos asumen sus cargos el 28 de julio del año en que se efectúe la elección, previo juramento de ley”. Por tanto, aunque el proceso se extienda, el sistema electoral dispone de plazos suficientes para cumplir con esa cita constitucional.

Conclusión: un sistema lento por diseño, pero predecible

La ley peruana no deja espacio para la ambigüedad: en segunda vuelta, gana quien saque un voto válido más. Pero cuando el margen es mínimo, la fortaleza del sistema —su revisión rigurosa y descentralizada— se convierte en una fuente de demora. Para los ciudadanos y los candidatos, eso significa que la noche del 7 de junio difícilmente traerá un ganador definitivo si el resultado es ajustado. Habrá que esperar a que los JEE y el JNE hagan su trabajo. La transparencia, en este caso, exige paciencia.

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